Las personas que sean beneficiarias de los recursos acumulados en una Afore por un trabajador fallecido no tendrán que pagar ISR por ese dinero, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó un criterio obligatorio sobre el tema.
El caso llegó al máximo tribunal después de que existieran distintas interpretaciones sobre si los recursos entregados a los beneficiarios debían considerarse como ingresos gravables o como recursos equiparables a una herencia.
La Corte concluyó que el dinero fue acumulado por el trabajador durante su vida laboral y que, al momento de su fallecimiento, debe entregarse a la persona designada como beneficiaria o a quien tenga derecho conforme a la legislación.
La resolución fue aprobada por seis votos contra tres. Con ello, se establece que no es necesario que el beneficiario tenga que demostrar formalmente que es legatario para acceder a la exención fiscal.